Camila Monasterio es una artista española que acaba de sacar a la venta su homónimo disco debut Camila (2014). Lo suyo es la música brasileña, el reggae y el soul. El disco para descarga digital se vende a €0 o más, y el CD en formato digipack por €8.
Toda su música se distribuye bajo una licencia Creative Commons No-Comercial con una novedosa cláusula adicional agregada por la artista, la “cláusula mantera”. Esta cláusula, que no forma parte del repertorio estándar de licencias de Creative Commons, permite explícitamente el uso comercial de la obra por vendedores callejeros ambulantes (el “top manta“).
Entrevistamos a Camila para tratar de entender mejor su “cláusula mantera”:
CC: ¿Cuándo fue la primera vez que tuviste contacto con las licencias Creative Commons?
CM: Llegué a las Creative Commons allá por el 2007, en el momento en que mi banda de reggae (Hotdrop) iba a editar su primer disco. Uno de nosotros llegó con la idea de estas licencias, a mí me encantó la idea, porque además resultaba lógico. Nosotros decidíamos los términos en los que se difundiría nuestra música.
Para mí el blindaje de una propiedad intelectual que defiende contra competidores e intrusos no tiene mucho sentido. Una cosa es que se te reconozcan los derechos como autora y otra es que lo que tú crees tenga que estar sujeto a las normas hechas a medida para que ciertas formas de negocio triunfen.
CC: ¿Consideras que entiendes a cabalidad las leyes de copyright de España y Europa? ¿Crees que los demás artistas las entienden?
CM: Reconozco que la complejidad del funcionamiento de la gestión de la propiedad intelectual me sobrepasa. Hay muchas cosas que no entiendo y en varias ocasiones amigos expertos han dedicado ratos largos a explicarme su intríngulis. De todas formas, para mí un ‘todos los derechos reservados’ es demasiado conservador si se pretende un crecimiento y desarrollo de la cultura a diferentes niveles de profesionalidad y al alcance de todo el mundo.
No creo además que la mayoría de los artistas entiendan muy bien las entrañas de la gestión de la propiedad intelectual (y me incluyo). Me atrevería a decir que sólo los artistas que de alguna forma cuestionan la forma actual de la PI, son los que se han atrevido a bucear por estos lares.
CC: ¿Si pudieras establecer un sistema de leyes respecto al copyright para favorecer a los artistas emergentes, qué harías?
CM: La verdad que mi interés en el tema no va tanto porque como artista emergente o independiente esto no me favorece. Internet ha dejado todo patas arriba y las leyes en pos de la protección de esa propiedad intelectual son cada vez más severas. El pensar que alguien pueda acabar en la cárcel por descargar material protegido con copyright me parece de ciencia ficción, pero es algo que podrá ocurrir si se aprueba la próxima reforma del Código Penal.
Creo que es crucial desligar la idea de PI con la supuesta protección de la cultura; lo que se protege con tal dureza es un negocio en el que la cultura es la mercancía. Si se trata el capital cultural como un objeto más o menos rentable y no como un bien común, la ciudadanía sale perdiendo. Crear leyes férreas para la difusión de la cultura es, hoy día, ponerle puertas al campo, y diría yo contraproducente para generar esa conciencia colectiva de cultura.
CC: ¿En qué momento se te ocurrió la “cláusula mantera”?
CM: Estaba tratando de decidirme sobre la licencia del disco. Tenía claro que iba a ser Creative Commons y que la iba a poner a precio libre (incluyendo el gratis) para que todo el mundo que quisiera la pudiera tener. La pega era si dar permiso para hacer uso comercial. Estaba ya convencida de poner una ‘no comercial’, porque con autogestión hacer música cuesta un esfuerzo económico. Pero me escocía el tema de la manta.
Yo participo en la Asociación sin Papeles de Madrid, donde ahora estamos llevando a cabo una campaña contra la reforma del Código Penal (dentro de la plataforma NoSomosDelito) que contempla que vender en la manta volverá a ser delito (se despenalizó en 2010 tras una dura campaña). Conocemos de cerca el tremendo dolor con la que muchas leyes se traducen en las vidas de nuestros compañeros.
Hablando con una amigo (David Aristegui) me dijo que por qué no añadía un permiso específico para que se pueda vender en la manta. Nos pareció que hacer una cláusula así servía para visibilizar lo sangrante que es que los manteros puedan ser condenados al circuito penal eterno. Ésta es una de las atrocidades actuales: que en el supuesto nombre del arte alguien que apenas sobrevive sea criminalizado. ¿De verdad la creatividad, el arte, o nuestros derechos como autoras reciben tal agresión por parte de los manteros que hay que responder con semejante violencia?
CC: ¿Algo más que quieras decir?
CM: Las leyes deberían responder a los intereses de un bienestar común. No sólo al de unos pocos. Una alternativa es elegir o adaptar nosotras mismas las licencias para evitar que alguien regule en tu nombre. Otra es, con estructuras sociales preparadas para ello (cooperativas o algo similar) seamos capaces de autogestionarnos. O que las sociedades que gestionan las PI tomen un rumbo diferente a la actual. O más bien las tres cosas a la vez, y seguro que hay muchas más posibilidades.
Yo no le veo mucho sentido a mantener un modelo que sobre todo defiende un negocio particular. Con esto no quiero decir que todo tenga que ser gratis, y que los artistas no merecen retribución por su trabajo, ni mucho menos. Pero creo que esta devolución que se le hace a artistas no debería pasar por legislar con semejante dolor. Y esa me parece una buena razón como para ponerse a pensar en algo mejor.
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