Arduino: hardware libre para construir el futuro

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Un joven entusiasta de la electrónica en cualquier parte del mundo decide que quiere crear su propio robot. Suena a ciencia ficción pero hoy es una realidad. No son necesarios muchos conocimientos ni dinero. Una placa controladora puede salir por lo que cuesta el menú del día en un bar y el resto de componentes, sensores, cámaras, etc. ronda precios similares. El resto de entusiastas, la comunidad, le ayudarán en sus primeros pasos. Y ese joven quizá el día de mañana construya un robot mucho más potente. Un robot, o un drone, o un coche, o una aspiradora, o un microondas…
El hardware libre (los circuitos electrónicos) y el software (el lenguaje informático) permiten estas pequeñas azañas apoyándose en el trabajo de otros . Una de las plataformas de este tipo más conocidas en todo el mundo es Arduino. Con una serie de placas, software y ayuda en comunidad facilita el uso de la electrónica en proyectos multidisciplinares.
Uno de sus creadores es español. Se llama David Cuartielles, y responde a nuestras preguntas en Eureka.
¿Qué es Arduino?
Es una plataforma basada en hardware, software y documentación libres. Comenzó como un proyecto de hardware libre que colgamos de un servicio para software libre llamado BerliOS, similar a Sourceforge. A los años de trabajar con él, decidimos convertirnos en empresa para poder dar soporte al sistema de la mejor forma posible.
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¿Qué es lo que ha conseguido que sea tan popular en todo el mundo?

Yo diría que su facilidad de uso. Con Arduino personas de cualquier edad y sin conocimientos previos en tecnología pueden comenzar a construir nuevos ingenios en cuestión de horas. Solo hace falta un ordenador y una placa. Todo el software y la documentación están en internet de forma libre y gratuita. La apertura de la plataforma es lo que atrae a muchos, que empiezan con pequeños proyectos y terminan por hacer cosas increíbles, desde impresoras 3D a satélites.
¿Qué se puede hacer y qué se está haciendo ya con Arduino?
Hace una semana publicamos en nuestro blog un articulo sobre un chico finlandés que hackea motores diesel con la placa Arduino mega y controla su vieja furgoneta Volkswagen con ella. En Castilla La Mancha y Madrid estamos llevando dos proyectos educativos con un total de 2500 alumnos en paralelo. En algún lugar de Asia alguien estará haciendo un robot mientras yo escribo estas líneas… virtualmente cualquier cosa que necesite un control digital sencillo, se puede hacer con Arduino.
Con Arduino se han creado cosas tan curiosas como instrumentos musicales, electrodomésticos inteligentes, estaciones meteorológicas, detectores de terremotos, placas para hackear la centralita de un coche o un robot para jugar a Flappy Bird ¿Nos puedes contar alguna más que te haya llamado la atención especialmente?
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En tu pregunta has presentado uno de mis preferidos, que es el detector de terremotos de Sebastian, un chico chileno que colocó una serie de detectores de terremotos y publicaba en Twitter cuando vibraba el suelo. También me gusto especialmente el sistema diseñado por Russel, un estudiante de doctorado de EEUU, que creó una red de sensores para medir la calidad del agua. Además, usando una impresora 3D libre, creó sistemas especiales de sedimento de agua para hacer análisis de sus muestras.

¿Cómo surgió la idea?  ¿Cuál fue tu papel? ¿Cuál es tu papel ahora?
Tanto mi socio Massimo como yo dábamos (y aún damos) clase en diferentes universidades con una nota en común: nuestros estudiantes de diseño y/o arte, necesitaban conocer aspectos de la tecnología digital que los acercaba mucho al mundo de la ingeniería. Lo que sucedía es que las herramientas no estaban a la altura y nosotros diseñamos una que recogía nuestras experiencias en el campo.
Yo dibujé la primera placa Arduino, y decidí que fuera azul. Durante años mantuve la web de Arduino, pero de un tiempo a esta parte, me estoy dedicando a llevar la oficina sueca de Arduino. Tengo un equipo de 11 personas dedicadas al I+D en educación del Internet de las Cosas. También soy miembro del consejo directivo de Arduino y mantengo relaciones con toda una serie de grandes cuentas.
Trabajas en la Universidad de Malmö (Suecia). ¿A qué te dedicas en concreto?
Soy profesor de BA, MA, MSc, y doctorado en diferentes campos. También he tenido un trabajo como investigador en dos de los estudios de investigación de la universidad, pero ahora hago investigación desde mi empresa. Llevo toda una serie de proyectos de final de carrera, y dirijo el laboratorio de prototipado, con 7 asistentes y otros 2 profesores contratados.
¿Por qué software y hardware libre?
Porque cualquier cosa pagada con dinero público tiene que ser pública. Porque quiero que todo lo que hago maximice su alcance y llegue a cuanta más gente mejor. Porque quiero que mi trabajo pueda ser revisado por cuanta más gente mejor, para arreglar posibles problemas. Porque las cosas bien hechas siempre pagan de vuelta.
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Habéis sido uno de los primeros proyectos de hardware libre ¿Qué futuro le veis ahora que, además, se están popularizando también las impresoras 3D?

Todo el futuro. El que el hardware sea libre es sólo un primer paso a permitir el acceso universal a la tecnología. Si gran parte de nuestra interacción social se basa en el uso de tecnología, tenemos que asegurarnos de que sea lo más accesible posible. Llegara un día en que el hardware será gratis y que las empresas sólo capitalizaran sobre los servicios y los datos. Al menos, eso es lo que creo.
Hemos conocido un grupo de gente -‘Thinkbit’- que está enseñando tecnología a gente sin recursos gracias a Arduino. ¿Puede el software y el hardware libre ser una buena forma de ayudar a la gente en este momento de crisis?
Cualquier conocimiento es bueno para empoderar a las personas. Pero también hay que ayudarles a crear empleo con sus nuevos conocimientos, o si no, a inventarlo.
Has desarrollado gran parte de tu carrera en el extranjero y de hecho sigues allí. ¿Crees que en España se están haciendo bien las cosas en cuanto a investigación e innovación? ¿Estamos enseñando a la gente a innovar en las escuelas y universidades?
No puedo responder a esa pregunta. Sé que hay todo tipo de iniciativas privadas y públicas, además de buenas intenciones. Y sé que hay buena gente detrás de buenas iniciativas, pero habrá que esperar a los resultados.
¿Cómo puede Arduino ayudar en la educación?
Nuestro mundo es digital. Aprender sobre tecnología digital, es aprender sobre como funciona el mundo y sobre como será en el futuro.
¿Hacia donde va el futuro de Arduino? ¿En qué estáis trabajando?
Ahora mismo estamos creando ordenadores, robots, sistemas educativos y placas de comunicación. Estamos colaborando con Atmel, Intel y Telefónica.
Al margen de Arduino, háblanos de algún proyecto innovador que te haya llamado la atención últimamente. 
Me gusta mucho la empresa Scanadu, de California… su apuesta por la tecnología de prevención medica me parece muy innovadora. También me gusta la forma en que trabaja Ultimaker, la empresa que hace las impresoras en hardware libre.
¿Algún consejo a jóvenes innovadores?
Que lo intenten. No deben dejar que nadie ni nada les pare. Yo me quedé con las ganas de hacerlo al terminar la carrera y tuve que esperar casi 10 años.
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El libre acceso al Conocimiento, más allá del capital




1. El tema del acceso al conocimiento se vincula con la preocupación por los términos en los cuales el resultado del trabajo intelectual, considerado como un bien intangible, puede ser aprehendido, utilizado, modificado y compartido una vez que el autor declara la voluntad de liberarlo de las normas de propiedad capitalista. En ocasiones, puede que el problema se vea reducido al tema de las normas jurídicas y los usos comerciales de los bienes de producción intelectual, como por ejemplo en el caso de la oposición entre las licencias copyleft y copyright. Las licencias copyleft, precisamente, suponen una respuesta a las formas de licenciamiento del conocimiento basadas en la concepción de la propiedad privada capitalista, y permiten que las personas que no son titulares de los derechos morales y patrimoniales (de acuerdo con las pautas del copyright) puedan tener acceso al conocimiento en el marco de determinadas condiciones.
En los tiempos actuales, cuando presenciamos la ampliación de los regímenes jurídicos que favorecen la apropiación privada del conocimiento, las licencias copyleft, como la General Public License (GPL) y Creative Commons (CC) prestan un servicio inestimable a la necesidad de mantener la posibilidad de compartir el conocimiento, toda vez que proporcionan herramientas que facilitan la ampliación de los derechos intelectuales a terceras personas, de forma tal que los "derechos morales" permanecen inalterados en cuanto a la autoría original pero se establecen un conjunto de concesiones para el manejo de los contenidos. Estas facilidades han permitido la expansión de una comunidad de usuarios de las licencias copyleft nada despreciable, soportada fundamentalmente por la creación de software libre y por la generación de contenidos documentales y audiovisuales que, dependiendo de los términos escogidos, permiten que cualquier persona pueda acceder a ellos sin mayores restricciones jurídicas ni económicas.
Ahora bien, resulta necesario entender que las licencias copyleft se encuentran basadas en los términos clásicos de la propiedad intelectual. En el contexto del copyright, se supone que el conocimiento generado es “propiedad” del “autor” original de acuerdo con los convenios internacionales sobre propiedad intelectual, y lo que se define son los términos de exclusividad para la explotación material de dicho conocimiento. La legislación que emerge de estas normas, que define los términos de exclusividad para la explotación mercantil del conocimiento, se encuentra dirigida a garantizar el derecho de explotación al titular y, por lo tanto, apoya la creación de escasez artificial que contribuye con la definición de precios en el mercado. Las licencias copyleft tienen el mismo punto de partida inicial, aunque su aporte está en que rompen con los límites de las licencias basadas en la propiedad intelectual convencional. De este modo, se permite la explotación comercial de un conocimiento siempre y cuando, por ejemplo, las obras derivadas se compartan con la misma licencia, y así sucesivamente.
Pero entonces, ¿en qué consiste la relación del copyleft con el copyright? Veamos dos ejemplos. El Movimiento del Software Libre (MSL) promueve el desarrollo de software sobre la base de tres principios: antimonopolio, solidaridad y libertad. Pero el MSL no necesariamente es anti-capitalista, sino más bien anarco-capitalista. La licencia GPL está orientada a defender la libertad de acceder y hacer uso de un conocimiento, pero se basa en el copyright. Según Richard Stallman, el copyleft, “utiliza la ley de copyright, pero dándole la vuelta para servir a un propósito opuesto al habitual: en lugar de privatizar el software, ayuda a preservarlo como software libre” (2004, 24). Por otra parte, la organización Creative Commons también afirma que las licencias que propone permiten “cambiar los términos de copyright de 'todos los derechos reservados' a 'algunos derechos reservados'” y que “no son una alternativa al copyright, sino que trabajan en conjunto con el copyright y te capacitan para modificar los términos de copyright para ajustarse mejor a tus necesidades” (http://creativecommons.org/about).
Pero ahí donde reside el aporte del copyleft se encuentra quizá su mayor limitación. La propiedad intelectual emerge en el contexto de la necesidad de proteger los bienes intelectuales en cuanto que “propiedad privada”. Por ejemplo, dividir los derechos de utilización de un conocimiento con la denominación dual de “derechos morales” y “patrimoniales” establece una diferenciación que, incluso en términos capitalistas, resulta perniciosa para los autores y para la creación en sí. Lo limitado de tal clasificación queda en evidencia cuando nos encontramos con la variedad de permisos a terceros que se establecen en licencias como Creative Commons.
La diferencia fundamental se encuentra en que la lógica del copyright se centra en la exclusividad de los derechos de explotación mercantil, con sentido monopólico, mientras que las licencias copyleft aspiran a la creación de redes de colaboración que permitan la creación de bancos de intangibles. En otras palabras, quienes utilizan una licencia copyleft declaran tácitamente que reconocen que han tomado conocimientos de un fondo común y los entregan nuevamente para que el saber siga circulando por los canales de creación y de generación de valor social. Así, si para el copyright lo importante es la “competencia”, para el copyleft lo significativo es la “reciprocidad”. De este modo, la protección de las obras de conocimiento supone la conformación de lógicas sociales diametralmente opuestas, las cuales rivalizan en el día a día de la cultura y la producción.
No obstante, a pesar de que las licencias copyleft desagregan y visibilizan los términos de la propiedad privada sobre los bienes intangibles, una vez que las nociones iniciales se dan por sentadas (fundamentalmente, una vez que se acepta la hegemonía de la propiedad privada sobre el conocimiento), la reflexión sobre los modelos de sociedad que subyacen a cada modo de licenciamiento queda opacada por la implementación de la licencia, de forma tal que la eficacia política de las licencias copyleft puede encontrarse reducida a un modo de adaptación a la distribución de bienes en el mercado capitalista. Que no se suponga que estamos restándole importancia a las licencias copyleft, puesto que cualquier forma de resistencia al dominio del derecho corporativo sobre los bienes intangibles representa un aporte valioso al rompimiento de los modos de apropiación privada del saber. Lo que nos preocupa es que generalmente puede utilizarse una licencia copyleft o copyright sin afectar necesariamente la matriz de producción, distribución y consumo de bienes culturales y materiales; que es donde se originan los problemas que los activistas de las licencias copyleft se proponen enfrentar.
2. La utilización de licencias copyleft debe tener más que sentido antimonopólico, debe tener sentido anticapitalista, porque en la política del capital se encuentran las causas de los monopolios que critican los activistas del conocimiento libre. De lo contrario, el copyleft no es más que una herramienta de los productores minoritarios para tener una porción de acceso al mercado. Si no se vincula el copyleft con la crítica a las condiciones profundas del mercado – en el sentido que han abierto las propuestas de las economías colaborativas – puede que no vaya a ser más que un accesorio en el repertorio de opciones para la apropiación privada de los bienes comunes.
Un problema interesante se nos presenta con los términos de uso del conocimiento con fines comerciales. De acuerdo con Creative Commons, una licencia que no permita la utilización comercial – absolutamente sin restricciones – de una forma de conocimientos, no es una “licencia libre”. Pero desde este punto de vista, quienes utilicen estas licencias deben permitir que sus creaciones sean utilizadas por cualquiera y con cualquier fin (con las condiciones que establezca el titular del copyright). No obstante, como demuestra la historia de las últimas décadas, la desregulación política y la libertad entendida en términos mercantiles, son terrenos propicios para la expansión de las políticas neoliberales. Ciertamente, con las licencias CC se cierran algunas condiciones para la apropiación privada del conocimiento y se abre la posibilidad de compartir en términos de reciprocidad. Pero como mencionamos anteriormente, no hay obstáculos para que el conocimiento licenciado con una licencia de uso comercial no sea utilizado a la vez por una red de consumidores solidarios o por una empresa que explote a los trabajadores.
Una alternativa la proporcionan quienes formulan propuestas de licencias copyfarleft. Resulta interesante revisarlas, no porque pensemos que han resuelto el problema, sino porque permiten mantener abierta la discusión en torno a los fundamentos de las licencias copyright y copyleft. La propuesta de las licencias copyfarleft permite el uso comercial del conocimiento en los casos en que se trate de una organización que reparte los excedentes de la producción equitativamente entre sus trabajadores. Un ejemplo de este enfoque es la Licencia de Producción de Pares (Peer Production License), la cual se basa en la licencia “Atribución-NoComercial-CompartirIgual” de Creative Commons, pero agrega condiciones para aprobar el uso comercial. En particular, permite la utilización de la licencia con fines comerciales solamente si se trata de una empresa o de un colectivo que es propiedad de los trabajadores; y si toda la ganancia y los beneficios generados por dicha empresa o colectivo se distribuyen entre los trabajadores1.
Desde este enfoque, es claro que no se piensa en el conocimiento – y el licenciamiento – como algo abstracto, sino como expresión del conjunto de relaciones sociales y culturales en los cuales toma forma la influencia del capital, así como los modos alternativos de construir los procesos sociales. Parte de la fundamentación del copyfarleft podemos encontrarla en un ensayo de Dmytri Kleyner (2010), uno de sus proponentes, del cual transcribimos algunos fragmentos:
- “Para que el copyleft tenga algún potencial tranaformador debe ser Copyfarleft. Debe insistir en que los trabajadores sean dueños de los medios de producción”.
- “Una licencia copyfarleft debe hacer posible que los productores compartan libremente y que conserven el valor del producto de su trabajo. En otras palabras, los trabajadores deben poder hacer dinero al aplicar su propio trabajo a la propiedad mutual, pero debe ser imposible que los dueños de propiedad privada hagan dinero al utilizar trabajo asalariado”.
- “Una licencia copyfarleft debe permitir el uso comercial basado en commons y debe impedir la posibilidad de extraer ganancia explotando trabajo asalariado”.
- “Sólo una licencia que impida de modo efectivo que la propiedad alienada y el trabajo asalariado sean utilizados en la reproducción de lo que en otro caso sería un commons informacional libre, puede modificar la distribución de la riqueza”.
El escenario de que los bienes intelectuales sean utilizados para favorecer relaciones de reciprocidad cultural y material, en contraste con la posibilidad de que sean determinados como bienes mercantiles, marca una diferencia importante desde el punto de vista del sentido político originario de las licencias que buscan responder al derecho del monopolio capitalista. No se trata solamente de crear formas de abrir el mercado para que nuevos productores puedan introducir bienes y así hacer frente al predominio de las grandes empresas. Aunque la intención de democratizar (desmonopolizar) el acceso al mercado parezca loable, resulta limitada de cara al carácter hegemónico de las alternativas en disputa. Y aún más, es probable que las propuestas de copyleft puedan ser asimiladas por la dinámica capitalista de forma tal que los modos de distribución de bienes culturales no se altere fundamentalmente. Esto puede suceder si no caemos en cuenta en que el problema no es sólo de acceso, sino de las condiciones sociales que rodean la generación de conocimientos. Se trata menos del régimen de propiedad intelectual (que es expresión de un modo de sociedad) que de la hegemonía del capital sobre los modos de producción y de consumo en las sociedades contemporáneas. De ahí que una forma de protección del conocimiento que no sea al mismo tiempo un modo de reforzar relaciones de reciprocidad y cooperación en torno a los bienes comunes, tiene un alcance muy limitado.
Sobre esto queremos hacer una última acotación. No se trata de criticar a mansalva las licencias de uso comercial del conocimiento. De ahí que traigamos a colación las licencias copyfarleft. Aunque nos opongamos a que las grandes empresas pretendan utilizar el procomún para la generación de capital, no podemos oponernos a que, por ejemplo, las cooperativas culturales puedan soportar sus actividades con la obtención de ingresos provenientes de la divulgación del conocimiento. No es un problema de escala, sino de las diferencias de propósito y funcionamiento entre las organizaciones capitalistas y las organizaciones de la “economía social”. Y eso es particularmente importante cuando la alternativa a la fórmula de conformidad que impulsa el neoliberalismo (monoproducción, monoconsumo y monocultura) es la creación de redes de productores libres y asociados o, para colocarlo de otra manera, la producción y el consumo distribuido y colaborativo. Por lo tanto, la alternativa a la lógica del copyright no hay que buscarla en las alteraciones o modificaciones al derecho corporativo, sino sobre todo en el conjunto de relaciones que se suponen dominantes en el seno de las economías sociales, por lo que otra forma de protección del conocimiento debe surgir a partir del modelado de las relaciones deseadas en el marco de una economía social y sustentable.
3. En resumen, existen temas que la utilización de variantes de la fórmula del copyright proscriben de la discusión y, por lo tanto, excluyen de la apropiación política de las licencias de copyleft. Entre los temas que pensamos que se escapan por el uso de licencias como CC y GPL tenemos dos: la “propiedad” y la “comunidad”; conceptos que forman a su vez la raíz para la formulación de formas de generación de saberes más allá del capital. Es posible que existan muchos temas, pero nuestro interés es indagar de qué manera la generalización del sentido anticapitalista del conocimiento libre puede contribuir con la creación de formas comunales de fomentar la apropiación del conocimiento como bien común.
- Propiedad: El asunto del licenciamiento es fundamentalmente un problema de propiedad, y en particular, de la hegemonía de la propiedad privada sobre el conocimiento. No ayuda mucho reconocerlo si no aprovechamos la oportunidad para introducir otras formas de apropiación social del saber. El copyright y, por extensión, el copyleft, se encuentran fundamentados en la creencia de que la propiedad privada es la forma de propiedad por excelencia, y por ello no se llega a reflexionar sobre la posibilidad de otras formas de propiedad. Las licencias copyfarleft muestran mayor consciencia de este tema porque traen al frente formas organizacionales que contrastan con la figura de la empresa privada como agente central de la producción y distribución de bienes. Pero en el mundo actual, las cooperativas siguen moviéndose en un entorno de mercado, por lo que habría que ahondar en la organización de formas distribuidas e interdependientes de producción. Además, sería interesante desarrollar conceptos como “propiedad comunal” o “propiedad social” en relación con la concepción del conocimiento como bien común.
Una licencia copyleft que conserve un sentido anticapitalista debe trascender el lugar común de la propiedad privada para favorecer otras formas de gestión colectiva de lo “público”, lo “privado” y lo “común”. Pero no como si el cambio consistiera simplemente en la modificación de una fórmula jurídica, sino como forma de socavar el sistema de relaciones que sostiene al capitalismo. La formación de redes colaborativas de producción y consumo, la cooperación y la reciprocidad como valores, la importancia del valor de uso frente al valor de cambio, la sustentabilidad ambiental, la importancia de la satisfacción de las necesidades sociales, la construcción de economías de escala humana, son temas que deben entrar en la discusión sobre la protección del saber como bien social.
- Comunidad: Las licencias copyleft parecen dejar de lado el lugar del sujeto político como agente para la generación y circulación de saberes. Aquí se cuela cierta concepción del conocimiento como algo abstracto, ajeno a los sujetos que participan en su elaboración, además de que se mantiene su consideración como bien mercantil. Pero cómo se comparte un conocimiento tiene menos que ver con el régimen jurídico que con las dinámicas sociales que intervienen en ese proceso, y esto supone la existencia de sujetos históricos que participan de forma concreta en dichas dinámicas.
Entre los activistas del conocimiento libre parece existir cierta aversión al concepto de “público” como espacio de confluencia de la voluntad social, en parte como consecuencia de un sentimiento anti-burocrático y anti-corporativo engendrado en la reacción al capitalismo, pero también, paradójicamente, como expresión de la supuesta decadencia de referentes conceptuales como el Estado nacional. La defensa de los activistas del conocimiento libre sobre los bienes intangibles tiene una versión “blanda”, que concibe los commons como un espacio que carece de cualquier clase de regulación, y una versión “dura”, en la cual los commons son tales porque, además de ser compartidos e imposibles de ser susceptibles de apropiación privada o pública, se encuentran protegidos por determinadas regulaciones. Quienes ejercen estas regulaciones pueden ser o bien instituciones civiles creadas para ello, o bien comunidades organizadas en el sentido de los movimientos sociales. Las amenazas de burocratismo y el corporativismo no desaparecen del todo en el primer caso, tomando en cuenta fenómenos como el lobby. Por lo tanto nos parece más interesante explorar la segunda opción, si bien no de forma que excluya a la primera.
En este caso, la comunidad que ejerce la protección sobre un bien común – como el conocimiento – no debe ser una comunidad política en abstracto, sino un colectivo con identidad política. No desde el punto de vista de una identidad homogénea sino plural; ni tampoco como una identidad excluyente que impida a otras culturas el acceso a los bienes comunes. Se trata quizá de una comunidad en sentido cívico, construida como parte del reconocimiento de las diferencias y la voluntad de convivencia, e incluso puede tratarse de una comunidad diversa que comparta un ideal republicano. Para nosotros, la clave está en reforzar el surgimiento de colectivos que puedan forjar una identidad comunal, formada en movimientos de bases, con contenido anti-burocrático y radicalmente democrático. Es en este sentido, el propio de la democracia directa o participativa, en que el conocimiento puede considerarse como un “bien público”.
En resumen, las propuestas de licencia para garantizar el acceso al conocimiento deben tener sentido anti-capitalista, deben partir de una crítica a la propiedad privada en favor de la propiedad social, y deben estar encaminadas al respeto de las identidades políticas concretas. La construcción del conocimiento es un proceso marcado por la funcionalización de los roles grupales en la sociedad moderna, y tal proceso está mediado por las formas de distribución de bienes tangibles e intangibles en cada sociedad. La razón de ser de las licencias copyleft y copyfarleft está en facilitar el camino a modos profundamente democráticos y justos de realizar tal distribución. Los términos en los que finalmente se definan las licencias responderán por tanto al momento de desarrollo de la conciencia social sobre las contradicciones que genera la hegemonía del capital.
Referencias
Stallman, R. (2004). Software libre para una sociedad libre. España: Traficantes de Sueños.
Creative Commons. “About Creative Commons”. Disponible en: http://creativecommons.org/about
P2P Foundation. “Peer Production License”. Disponible en: http://p2pfoundation.net/Peer_Production_License
Kleyner, D. (2010). “CopyFarLeft y CopyJustRight”. Disponible en: http://blog.redpanal.org/2010/04/22/licencias-libres-y-copyfarleft/
1Textualmente la licencia dice lo siguiente: “c. You may exercise the rights granted in Section 3 for commercial purposes only if: i. You are a workerowned business or workerowned collective; and ii. all financial gain, surplus, profits and benefits produced by the business or collective are distributed among the workerowners” (http://p2pfoundation.net/Peer_Production_License).

LA DISTRIBUCIÓN DEL INGRESO Y LOS DERECHOS DE TRANSFERENCIA LABORAL

° William Zavaleta Huaccha

La desigualdad ha sido una constante en el orbe, visible con mayor nitidez en los países latinoamericanos, según reciente publicación de América Economía, en total un 68% de la región se ubica en la clase baja cuya mitad de sus integrantes están en situación precaria e incluso a algunos no les alcanza para comprar alimento, un 30 % en la clase media  y un 2% en la clase alta. El  estudio destaca también que en Centroamérica hay un promedio de un 50% que se ha quedado sin dinero para comprar comida, mientras en Suramérica y México éste promedio alcanza al 35%.

Se evidencia problemas estructurales que van más allá del concepto de  fallas del mercado, por lo mismo requieren de iniciativas del Estado que potencien en la economía su perfil  ético y social.

El presente artículo pretende abordar la desigual distribución del ingreso desde la perspectiva profesional.

Un buen punto de partida es el de resaltar la conclusión a la que llegan una diversidad de estudios en el que manifiestan que el nivel de educación es una de las causas que condiciona la diferencia en el nivel de ingresos entre individuos; sin embargo,  el abordaje del mismo en el afán de mejorar los ingresos de los ciudadanos, alcanza sus limitaciones, al estar los criterios que sustentan la escala de remuneraciones de técnicos y profesionales, distanciados de la creación del valor, es decir del capital intelectual profesional. Frente a ello, se propone que las remuneraciones de técnicos y profesionales  que se establezcan no solo deben responder al puesto que se ocupa, también al desempeño en el mismo, es decir a su contribución en la creación de valor.

Históricamente en nuestros países las remuneraciones han sido bajas y han limitado la realización de técnicos y profesionales. Una iniciativa que pudiera contribuir a enfrentar este problema es la implementación del “Sistema Derechos de Transferencia Laboral” (Derechos de Transferencia Laboral son el pago de la institución o empresa receptora  a la institución o empresa transferidora, por el prestigio, la formación, adquisición y desarrollo de competencias profesionales generadas por las realizaciones de la institución, la empresa y el profesional), al permitir ingresos significativos para el profesional y el empresario.

En general, durante  el  ejercicio  laboral, los  profesionales  incrementan sus competencias, por las
que  la  empresa  o  institución  receptora  del  profesional  debería  pagar a valor  de mercado,  los
Derechos   de   Transferencia   Laboral, a   la  empresa  o  institución  que  destinó  recursos  en  el
desarrollo de las competencias mencionadas.

Considerar   que   dada   las   características   y   los  recursos  involucrados  en  el  Desarrollo  de
Competencias   de   un   Profesional,   durante   el   ejercicio   laboral,  parte  de  los  Derechos  de
Transferencia Laboral le corresponden.

La   implementación   del   Sistema   Derechos   de   Transferencia   Laboral,  requiere: Soporte    y
Dispositivos  Legales, Aspectos Filosóficos  y    Económicos, Principios, Metodología de Valoración
Económica  de   las   Competencias   Profesionales, Relación  Valoración  Contable-Valoración  de
Mercado, etc.

Finalmente debemos de considerar que la implementación del Sistema “Derechos de Transferencia Laboral” coadyuvaría  en la reducción de las diferencias de  ingreso (al implementarse deben considerar topes máximos de ingresos) si el estado utiliza agresivamente la formación de capital intelectual en los futuros profesionales como vía de ascenso social, iniciativa que la podemos inscribirla en la “política de ingresos y precios”,  instrumento de la política económica; además, los Derechos de Transferencia Laboral pueden ser considerados entre los instrumentos  de “política impositiva” al ser suceptible de impuestos.


*Puede acceder a la propuesta Derechos de Transferencia Laboral, en el siguiente enlace: http://economia-conocimiento.blogspot.com/2013/10/derechos-de-transferencia-laboral.html


Bibliografía

Jorge Benítez.  Facultad de Administración, Economía y Negocios .  Universidad Nacional de Formosa. 31 de Agosto de 2009, Argentina
Desigualdad se mantiene como el Talón de Aquiles de A. Latina. AMERICAECONOMIA


° El Autor es Magíster en Desarrollo y Gestión, e Ingeniero Ambiental. Docente en el  Antegrado de la Facultad de Ingeniería Económica, Estadística y Ciencias Sociales, y el Posgrado de la Facultad de Ingeniería Ambiental de la Universidad Nacional de Ingeniería. Investigador en Economía y Gestión del Conocimiento.


Licencia Creative Commons
Derechos de Transferencia Laboral por William Fernando Zavaleta Huaccha se encuentra bajo una Licencia Creative Commons Atribución 3.0 Unported.

TEORIA D o Desarrollo por el Capital Intelectual

Se propone alcanzar el Desarrollo impulsando, potenciando y generalizando el capital intelectual de los ciudadanos; así como, creando e implementado herramientas, instrumentos y políticas económicas para una economía del conocimiento.

Conceptos Claves                                  

Producción en la Economía del Conocimiento
El Capital Intelectual: Acciones de Capital Intelectual
El Conocimiento: Propiedad Compartida o Propiedad del Estado
Crecimiento Económico, Desarrollo Sostenible y Economía Ecológica
Responsabilidad Social               
                                                  

Agentes Productivos                            

Trabajadores de conocimientos (técnicos y profesionales), propietarios de empresas de conocimientos
                                                                    

Herramientas para la Nueva Economía

Informe de Capital Intelectual: Valorización Económica del Capital Intelectual de una Organización y de un Profesional,
Derechos de Transferencia Laboral (DTL)
iDgarantía, etc.                                                                


Política frente a la Desigualdad        

Reducir la desigualdad mediante el fortalecimiento de la correlación capital intelectual e ingreso


Política frente a la Cultura                

Nuevos patrones de éxito sustentado en referentes culturales.


Política Frente al Medio Ambiente  

Reducción de consumo de recursos naturales potenciando las innovaciones intangibles de los bienes producidos y el mayor consumo de servicios y bienes culturales
                                                                

Ejes Estratégicos del Cambio                                

Construir el Estado para la Economía del Conocimiento
Desarrollo de los trabajadores de conocimientos (nuevos sujetos productivos centrales)



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iDgarantía Capital Intelectual Garantía Complementaria de Crédito



Propuesta global para una economía del conocimiento
iDgarantía
Capital Intelectual Garantía Complementaria de Crédito

Qué es el iDgarantía
Es una garantía complementaria, para profesionales y técnicos que quieren acceder a un crédito.
Considerando al Capital Intelectual como la capacidad para generar economía y que se puede medir su valor en términos monetarios, se recomienda considerar este valor como garantía complementaria de crédito.

Antecedente
La herramienta de evaluación crediticia desarrollada por EntrepreneurialFinanceLab, herramienta de evaluación psicométrica del emprendedor (mide honestidad y carácter, inteligencia, cristalizar la inteligencia) que desempeña su actividad en el segmento de  pymes, aplicada ya en 11 instituciones financieras de Africa y América Latina. Siendo que para el 2012, el BID aprobó una línea de financiamiento de 25 millones de dólares para  las micro, pequeñas y medianas empresas de América Latina y el Caribe.

En qué se sustenta
-          En el Cálculo Monetario del Capital Intelectual de un Profesional, es decir:
                                C I = C x i 

En este algoritmo, i además de los valores conocidos que propone Edvinsson y Malone, se incluye el índice de capacidad emprendedora, en el cual se mide los valores psicométricos de la siguientes variables: Responsabilidad, Honestidad, Capacidad para Asumir Riesgos, Tenacidad, Autoconfianza,  Innovación, Liderazgo, Comunicación, Negociación.

-          En los Cálculos considerados en la Innovación “Derechos de Transferencia Laboral” ( DTL ), que viene hacer la retribución económica de la institución o empresa receptora laboral de un profesional, a la institución o empresa transferidora, por el prestigio, la formación, adquisición y desarrollo de competencias asimiladas por el profesional durante su estadía laboral en la institución o empresa que transfiere.

Cuál es su Utilidad
Es un instrumento que permite ampliar el acceso al crédito de técnicos y profesionales, sobre todo para aquellos que no cuentan con un historial crediticio o todo el aval requerido para sus operaciones financieras.

Alcance de la propuesta
Es una propuesta para la economía global.

Cuándo surgió la propuesta
La propuesta en mención aparece por primera vez en  mayo del 2013. Esta segunda innovación del suscrito, representa el esfuerzo por dar utilidad práctica a los conceptos del Capital Intelectual, generando a la vez instrumentos para la economía del conocimiento.

En qué situación se encuentra
iDgarantía se encuentran en la etapa de presentación.
iDgarantía innovación desarrollada en abril del 2013.